Colombia es un país de regiones y así lo reconoció, por fin, la Asamblea Nacional Constituyente, al consagrar en el artículo 306 y 307 de la Constitución Política de 1991 la posibilidad de constituirse en regiones administrativas y de planificación (RAP) y en regiones como entidad territorial (RET), respectivamente. Con fundamento en ello se constituyeron las RAP del Centro, la del Pacífico y, más recientemente la de la Región Caribe, hace exactamente un año, el 19 de octubre de 2018.
Después de dar este paso se percataron de que la Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial (LOOT), la 1454 de 2011, había emasculado a las RAP al establecer en su artículo 32 que por cuenta de la misma “no se generará gasto del Presupuesto General de la Nación (PGN), ni del Sistema General de Participaciones (SGP), ni del Sistema General de Regalías (SGR)”. Es decir, se condenó a las RAP a morir por inanición, por esta absurda e inexplicable medida.
En vista de ello, se promovió el trámite a través del Congreso de la República del Proyecto de Ley 182 de 2017 – Senado por medio del cual “se dictan normas orgánicas para el fortalecimiento de la RAP”, el cual tiene como primera prioridad la derogatoria de ese artículo, que se convirtió en el freno para el avance y para la consolidación de las RAP.
Los gobernadores del país se ilusionaron con este Proyecto, máxime después del espaldarazo que le dio el Presidente de la República Iván Duque Márquez, quien manifestó su “voluntad y apoyo” a dicho Proyecto en la Cumbre de Gobernadores efectuada en Mompox el pasado 7 de septiembre. Allí fue claro y enfático el Presidente al afirmar que “la Ley de Regiones permite un avance hacia un sistema donde haya mayor autonomía en el manejo de recursos”.
Por ello, la sorpresa fue mayor cuando los mismos gobernadores que aplaudieron eufóricamente el anuncio del Presidente se enteraron de que el Ministerio de Hacienda había enviado al Presidente de la Cámara de Representantes un Oficio solicitando “revisar la conveniencia de tramitar este Proyecto por los impactos fiscales que puede generar, por lo que este Ministerio emite concepto negativo ante esa corporación sobre la iniciativa del asunto”, es decir, palabras más palabras menos, lo que pide el Ministerio de Hacienda es el archivo del Proyecto y apelación a los infiernos.
Los gobernadores siguen sin reponerse de su perplejidad y asombro, están atónitos y cunde el desconcierto por este bandazo del Gobierno, al pasar sin vísperas del apoyo presidencial al al Proyecto al veto por parte del Ministerio de Hacienda. En dicho Oficio se traen por los cabellos unos argumentos sin fundamento alguno para justificarlo.
Después del circunloquio del Ministerio de Hacienda y de sus disquisiciones en torno al Proyecto de Ley, que ya está en su cuarto y último debate en la plenaria de la Cámara de Representantes, aterriza finalmente en la verdadera esencia y el verdadero motivo de su objeción al mismo. Está dicho paladinamente en la misiva in comento: “la creación de las RET propuesta en el articulado genera profundas inquietudes sobre su financiación”. En sustento de su cicatería se apela al mensaje presidencial anexo al Proyecto de Presupuesto, según el cual “cualquier incremento de la ´burocracia que el Proyecto de ley pueda crear acrecentaría el déficit fiscal y no sería compatible con la situación de las finanzas públicas actuales”.
Y, como era de esperarse, se aferra el Ministerio de Hacienda a dos artículos de la Ley 1454 de 2011, los cuales se contradicen entre sí, porque al tiempo que el artículo 7 reza que “en ningún caso las entidades territoriales que se asocien podrán generar gastos de funcionamiento adicionales con cargo a su presupuesto”, en el artículo 32 de la misma Ley se dice que “el funcionamiento de las Regiones Administrativas y de Planificación se financiará con cargo a los recursos o aportes que las respectivas entidades territoriales que la conformen destinen para ello”. Todo ello para concluir que “los esquemas asociativos se ha desarrollado bajo la convicción de que su creación no debe generar gastos de funcionamiento adicionales”. Pero, está muy equivocado el Ministerio al asumir que la RAP y la RET son “esquemas asociativos”, no, rotundamente no, las RAP y las RET están consagradas en la Constitución, que es norma de normas.
Finalmente, es claro que los requerimientos, modestos por cierto, que tendrán las RAP para funcionar no serán los que van a transgredir la Regla fiscal, ni por cuenta de ellas se va a disparar el déficit fiscal. Como lo afirma El Heraldo, sólo “se trata de excusas y más excusas para dilatar un debate que ya se ha aplazado más de la cuenta: el de la descentralización efectiva de un país donde los laberintos burocráticos de Bogotá ejercen un poder aplastante”. Bien dice el adagio popular, que desde que se hicieron las disculpas el gato ya no come queso, ahora lo cuida!