La muerte como opción

Opinión Por

Esta semana el país fue nuevamente sacudido por un hecho cuya aberración sobrepasa los límites de la sana comprensión humana: Juan Carlos Sánchez, mejor conocido como “Lobo Feroz”, quien torturó y violó en Colombia a más de 500 menores frente a cámaras para vender sus videos en internet, fue capturado en Venezuela, a donde había huido para evitar su captura. Su última víctima conocida  fue una menor de tan solo 14 meses.

Lo más preocupante es que ya en el año 2008 este pervertido había sido capturado por las autoridades por delitos relacionados con violencia sexual contra menores y, lamentablemente, fue dejado en libertad por vencimiento de términos. ¿Cuántos niños y niñas se habrían podido salvar si las autoridades hubiesen actuado a tiempo? Nunca lo sabremos. ¿Podrían demandar esos menores al Estado toda vez que su abuso fue originado en la ineptitud de la rama judicial? Sin lugar a dudas.

Tras meditar pausadamente sobre éste y otros hechos delictivos que aparecen en los medios de comunicación con relativa frecuencia, es imposible no preguntarse: ¿en qué momento nuestra institucionalidad dejó de lado su objetivo de proteger el interés general para garantizar, a toda costa y aun en contra del bienestar social, la vida e integridad de todo tipo de psicópatas, asesinos, violadores y corruptos? El excesivo garantismo de nuestras leyes ha llevado a nuestro sistema judicial a convertirse no solo en un hazmerreír ante el mundo sino en el principal promotor de la criminalidad que nos azota en forma inclemente, engendrando círculos inagotables de violencia y el temor constante de la ciudadanía. Para nosotros, las personas del común, se volvió un imposible andar por las calles estando tranquilos y menos el tener un hijo sin estar preocupado en forma permanente porque nada le vaya a pasar. La desmovilización de las Farc, otrora acaparadores de todos los titulares de prensa, dejó en evidencia los serios problemas de corrupción e inseguridad que afrontamos los colombianos.

Día tras día vemos noticias de cómo personas con extensos prontuarios criminales e incontable cantidad de ingresos a prisión son recapturados una y otra vez para, luego de cumplir su irrisoria pena, regresar nuevamente a delinquir; por no mencionar aquellos casos de personas que por más cárcel que paguen jamás tendremos certeza sobre su rehabilitación.

Según la ley penal, la prisión cumple, entre otras, dos funciones: una de reinserción social, que busca reencaminar al delincuente por el buen camino para reintegrarlo a la sociedad, y otra de prevención especial, que tiene por objeto evitar mediante la aplicación de la pena que más personas realicen conductas semejantes. ¿Cumple la sanción penal su finalidad en Colombia? Pregunto, ¿dejaría usted a sus hijos al cuidado de “Lobo Feroz” una vez cumpla su condena y regrese a las calles? La respuesta es evidente, NO. Esto nos debe llevar a pensar en una alternativa que, aparentemente radical, podría representar una solución efectiva tal como lo es la pena de muerte.

Colombia ha suscrito y ratificado tratados internacionales en materia de derechos humanos que prohíben la pena de muerte, y así mismo se establece en nuestra Constitución Política: “El derecho a la vida es inviolable. No habrá pena de muerte” (artículo 11). No obstante, es necesario que como país hagamos una reflexión sobre hasta qué punto debemos garantizar los derechos de personas que trasgreden determinados límites y atentan en forma brutal e inclemente contra nuestra sociedad. La implementación de la pena de muerte, pese a los retos jurídicos que implicaría en un entorno global marcado por el derecho internacional humanitario, considero, deviene como una necesidad ingente.

No es un asunto ideológico de derecha o de izquierda, o un tema de consideraciones morales sino un asunto de interés público de la mayor trascendencia. El Estado debe garantizar el bienestar de todos sus ciudadanos, dándonos los derechos y las herramientas para que podamos desarrollarnos en forma plena y llevar vidas felices en medio de nuestras diferencias. No se trata de aniquilar a toda persona que cometa un delito pues todos en algún momento de nuestras vidas podemos llegar a equivocarnos, pero sí de establecer límites claros pues no podemos seguir coadyuvando implícitamente al hampa y empoderando a quienes cometen los grandes hechos de corrupción, crímenes contra la vida e integridad física o sexual de las personas y a los criminales reincidentes; todos ellos deberían ser ejecutados sin mayor consideración.

La muerte no debe ser vista como un castigo para el criminal y tampoco como una reparación para las víctimas. Nadie puede reparar el daño que sufrieron las más de 500 menores torturados y violados por “Lobo Feroz”, o revivir a los centenares de niños que mueren en nuestro país por el hurto de los recursos para alimentación o salud, ni mucho menos el reconstruir el rostro de las personas desfiguradas con ácido. Lo que si garantiza la pena de muerte es un mensaje contundente sobre lo que la sociedad no está dispuesta a aceptar y la única garantía real de la no repetición de la ignominia.

Extirpar o tratar un cáncer requiere cirugías dolorosas o tratamientos invasivos, sí, pero solo así se garantiza la vida del paciente. La pena de muerte no garantiza la abolición del crimen, pero si será un primer paso en el camino correcto en aras de la construcción de una política criminal que cumpla su cometido.

 

Abogado de la Universidad Externado de Colombia. Especialista en Gestión Pública de la Universidad de los Andes.