El Ministro de Hacienda Alberto Carrasquilla se estrenó con este anuncio: “no nos cabe duda de que el recaudo total debe ser más alto de lo que es en la actualidad, nos hemos comprometido con la sociedad con unos flujos de gasto que requieren ser financiados sanamente y nuestra estructura tributaria actual genera unos recursos inferiores a los que se necesitamos”. Al mismo tiempo, simultáneamente, aseveró que “necesitamos darle alivio a la excesiva carga tributaria que tienen las empresas en Colombia”. Cómo descifrar este galimatías, que más parece el intento de la cuadratura del circulo, dándole alivio tributario a las empresas si se sabe que el recaudo de impuestos no genera los recursos requeridos?
Consistente con la promesa de campaña del Presidente Iván Duque, el Ministro carrasquilla arguye que “tenemos una estructura tributaria que castiga severamente la competitividad, la formalidad, el empleo y el emprendimiento y, por lo tanto, el crecimiento a mediano plazo de la economía. Tenemos que arreglar ese problema”. La fórmula para “arreglar ese problema” ya la había anticipado el Presidente Duque en campaña, cuando afirmó que “las empresas están asfixiadas con tanta carga tributaria…debemos bajar impuestos para que puedan generar más y mejor empleo”.
Cabe preguntarse qué tan asfixiadas están las empresas “con tanta carga tributaria”. Recordemos que en los últimos 26 años se han aprobado 14 reformas tributarias y la constante en todas ellas ha sido aliviarle la carga impositiva a las empresas. Para sólo mencionar algunas de las medidas que se tomaron con tal fin reseñemos algunas: el nuevo régimen de Zona francas uniempresariales o no colindantes (Ley 1004 de 2005, modificada por la Ley 1819 de 2016 y reglamentadas mediante el Decreto 2147 de 2016), la eliminación del impuesto a la remesa de utilidades (Ley 1111 de 2006), la supresión de la contribución del 20% de la tarifa del servicio de energía para cubrir los subsidios a los estratos 1, 2 y 3 a partir del 2012 (Ley 1430 de 2010), el desmonte de los parafiscales (Ley 1607 de 2012). Huelga decir que lo que dejaron de pagar las empresas fue asumido por parte de la Nación con cargo al Presupuesto General de la Nación. A guisa de ejemplo, sólo por cuenta del beneficio que le reporta el nuevo régimen a las zonas francas el Estado deja de recaudar entre $5 y $8 billones anuales.
Además, reforma tras reforma, se ha venido reduciendo la tasa impositiva sobre la renta de las empresas, desde el 35% en 1995 (Ley 223) al 34% en 2017 y 33% en 2018, que dispuso la más reciente reforma (Ley 1819 de 2016) y ahora se propone bajarla aún más, de tal forma que, de prosperar la propuesta del Gobierno, pasarían a pagar 32% en 2019, 31% en 2020 y 30% a partir del 2021. Pero, hasta aquí estamos hablando de la tarifa nominal, de la cual hay que descontar las exclusiones, deducciones, exenciones y descuentos tributarios, 229 según el inventario de la DIAN, las cuales, según reporte de la misma al Ministerio de Hacienda para el Marco Fiscal de Mediano Plazo (MFMP) de 2018, le abren un boquete al fisco nacional del orden de los $60 billones anuales, de los cuales $13 billones corresponden a impuesto de renta. Con razón, después tantas reformas tributarias, una cada 18 meses, el recaudo apenas sí pasó de 4.1% del PIB en 2000 a 5.3% en 2016.
No es de extrañar, entonces, el hallazgo de FEDESARROLLO según el cual dicha tasa efectiva es del 29.5% y el de los economistas del banco de la República Martha Delgado Rojas y Hernán Rincón Castro, para quienes la tasa efectiva neta sobre capital es del 21.4%. En uno y otro caso se equiparan con lo que pagan en promedio las empresas en los países que hacen parte de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), el 25%. Es una falacia, entonces, comparar la tarifa de impuesto a la renta que pagan las empresas en los demás países con los que compite Colombia con su tarifa nominal, que se ha llegado a tasar en el 69.9% (¡!) al sumar otras contribuciones distintas a las de renta y no con la tarifa efectiva, que es la que en realidad pagan.
Por ello preocupa sobremanera que en el tal Proyecto de ley de financiamiento (240 de Cámara de Representantes y 197 de Senado de la República) ) no sólo se descarta de plano la posibilidad de revisar y hacer más selectivos estos beneficios tributarios, sino que se propone ampliarlos aún más, sin importar las afugias fiscales que agobian al país. En efecto, entre los nuevos beneficios para las empresas se cuentan los siguientes: deducción del IVA que se pague por la importación, formación, construcción o adquisición de activos fijos, disminución gradual de la tarifa de renta presuntiva de 3.5% actual a 3% en 2019, 1.5% en 2020 y 0 en 2021. Además, el descuento de 50% del cobro del Impuesto de Industria y Comercio (ICA) contra el impuesto de renta a partir del 2020 y un descuento similar del gravamen a los movimientos financieros (GMF, 4 X 1.000) contra el impuesto de renta a partir de 2019, amén de la exención del pago de impuesto de renta a la inversión en el sector agrícola por 10 años y para la inversión en la denominada economía naranja por 5 años. Se estima que de aprobarse estos beneficios, sumados a la reducción del impuesto de renta, tendrían un costo de $10 billones (¡!), sólo por la deducción del IVA se dejarían de recaudar el 0.8% del PIB.
Como si lo anterior fuera poco, se propone extender los beneficios a las llamadas “megainversiones”, consideradas como aquellas que generen al menos 50 empleos directos y realicen nuevas inversiones de mínimo $1.7 billones en un período máximo de 5 años. Entre estos beneficios se cuentan la tasa de impuestos sobre la renta del 27%, la depreciación acelerada de los activos, se les excluye del impuesto sobre la renta presuntiva y se blindan de la posibilidad de que los dividendos lleguen a ser gravados, como también con respecto al impuesto sobre el patrimonio.
Si se llegara a aprobar esta nueva rebaja de impuestos en favor de las empresas, sobre todo de las grandes empresas, el país asume el riesgo de quedarse con el pecado y sin la gracia. No está probado que dicha medida se traduzca en mayor competitividad, como alega el Ministro Carrasquilla y en la generación de más y mejor empleo como lo planteó el Presidente Duque. No pasa de ser un espejismo afirmar, como se afirma en la exposición de motivos, que se baja la tasa impositiva y se le dan todas esa gabelas a las empresas “para volver a una senda de crecimiento económico alto, como el que se dio en el marco del boom minero-energético de la pasada década”, a sabiendas que el boom fue el determinante de ese mayor crecimiento.
Según el premio Nobel de Economía Paul Krugman no está demostrado en ninguna parte que las decisiones que toman las empresas y los empresarios obedezca a los incentivos financieros y/o a la baja de impuestos. Ello está lejos de ser un axioma. Lo que en últimas mueve a las empresas y a los empresarios es la percepción que tengan con respecto a la demanda del mercado, interno y externo y, es consabido que el consumo de los hogares en Colombia es responsable de alrededor del 70% del crecimiento. Así se comprueba al constatar en el reciente reporte por parte del DANE sobre crecimiento del PIB en el tercer trimestre de este año, destacándose la demanda interna como el factor determinante en el crecimiento de la economía.
Habría sido deseable que en la exposición de motivos se le hubiera dicho al país cuáles han sido los resultados en términos de competitividad, crecimiento y de empleo la reducción de costos que le ha significado al país este enorme sacrificio de ingresos fiscales por cuenta de la reducción de impuestos a las empresas, así como de los incentivos y estímulos fiscales. Si los resultados fueran satisfactorios sería el mejor argumento para avalar las propuestas del Ministro de Hacienda. De lo contrario, tendremos que decir con Albert Einstein que “locura es hacer lo mismo una y otra vez…y esperar resultados diferentes”. Así de claro!