Con esta sobria frase de “La sal no se ha corrompido” acostumbraba el emblemático maestro de la Universidad Nacional y versado jurista Eduardo Umaña Luna, simbolizar el honroso desempeño de la Honorable Corte Suprema de Justicia, y fueron muchas las veces que en su arriesgado oficio de defensor de Derechos Humanos, tuvo que recurrir a ella para zanjar duros pleitos jurídicos, y siempre, la Corte Suprema de Justicia le concedió a sus requerimientos y alegatos, basados en la ética ciudadana y dentro de su profunda concepción democrática, la más cuidadosa atención y preocupación.
De esta sabia enseñanza han trascurrido casi 50 años, dictada por el ilustrado maestro. Estas palabras con el tiempo ganan en justeza y legitimidad para esta institución preclara, que ha sabido mantener el rumbo ético de la nación en medio de los más duros temporales, originados por la avaricia exacerbada de los hombres cuando el grave virus del individualismo se les ha inoculado en el corazón y han tratado de llevar a la nación contra las rocas, olvidando que ese faro luminoso que es la Corte Suprema de Justicia, está allí para evitar el desmembramiento como Estado democrático, autónomo e independiente.
En estos tiempos caóticos que vivimos y en medio de los mares procelosos por donde debe navegar nuestra frágil embarcación republicana, yo me permito solicitarles a los historiadores la elaboración de una historia sucinta que le enseñe a nuestra agobiada sociedad los momentos cruciales en que la sabia conducción de la Honorable Corte Suprema de Justicia le ha permitido a la nación colombiana superar los más agudos y difíciles momentos de su ya larga existencia democrática.
Hay una regla de oro ganada desde la separación de poderes, concebida por el filósofo y político francés el Barón de Montesquieu, quien en 1748 escribió el “Espíritu de las leyes” que identificó los tres poderes del Estado: Legislativo, Ejecutivo y Judicial. Esto constituye la teoría del poder de Montesquieu, que es un pilar fundamental en la organización de los Estados Democráticos.
Por el presente y el futuro de nuestra nación, es urgente insistir en la necesidad que tienen nuestras instituciones de mantenerse dentro de la concepción del poder de Montesquieu. Por ningún motivo ninguna de las ramas debe penetrar las áreas de acción y ejecución de las otras. Por ejemplo, la rama ejecutiva debe permitir la autonomía y el libre ejercicio de las atribuciones constitucionales de la rama legislativa y jurídica, del mismo modo las anteriores no deben interferir en el ejercicio de la rama ejecutiva.
No hacerlo así, tratar de obstruir su autonomía, penetrar en el delicado tejido de sus decisiones y sentencias, sería crear un gravísimo antecedente por donde penetraría la acción disociadora de los intereses políticos que nos llevarían a situaciones confrontacionales que es urgente desechar y superar.
Hace muchos años el país no vivía una situación tan delicada como la actual. Donde sectores políticos quieren legitimar la incidencia y transformación de la estructura judicial para que responda a los intereses y necesidades de un ciudadano investigado en dichas instancias.
Frente a la necesidad de investigar y sancionar unas conductas dolosas, constitucionalmente correspondió a la Honorable Corte Suprema de Justicia desarrollar todo el proceso judicial. Lo ha hecho con extremada sindéresis y ajustada a los más exigentes protocolos judiciales e investigativos. Por el respeto a nuestra democracia y a la recomendación de los poderes, es urgente dejarla actuar y no interferir en el devenir autónomo de la instancia judicial.