El Gobierno planea presentar la reforma pensional en marzo de 2023. Según parece, el grueso de la población tendrá que trabajar más semanas para lograr la garantía de pensión mínima. Habrá que esperar a que se publique el texto final del proyecto, pero, de acuerdo con la información disponible, las personas que devenguen hasta cuatro salarios mínimos tendrían que cotizar en el régimen de prima media administrado por Colpensiones.
Para nadie es un secreto que las personas de altos ingresos son quienes se benefician actualmente de dicho régimen, pues los rendimientos de los ahorros individuales que logran las administradoras privadas de pensiones suelen ser insuficientes para satisfacer sus gastos mensuales. Sin embargo, la lógica para las personas de bajos ingresos es la opuesta, en especial para quienes lograrán pensionarse con fundamento en la denominada garantía de pensión mínima (o, en otras palabras, para quienes solo asegurarán mesadas equivalentes a un salario mínimo).
Esta diferencia entre los regímenes actuales se debe a que, con Colpensiones, el acceso a dicha garantía se obtiene una vez se completan 1 300 semanas cotizadas y se cumplen 57 años, para las mujeres, o 62 años, para los hombres; en cambio, en el régimen privado, deben cotizarse solo 1 150 semanas, además del mismo requisito de edad. Así pues, teniendo en cuenta que muchas personas no se afilian constantemente durante su edad productiva al sistema pensional por el alto grado de informalidad de nuestra economía, las personas de bajos ingresos tendrán que trabajar más tiempo para obtener este beneficio.
Ya sabemos que al Gobierno le resulta políticamente costoso hablar honestamente, por lo que es necesario desenmascararlo. Subir la edad de pensión, pese a que la expectativa de vida en Colombia y las finanzas públicas lo exijan, no es precisamente lo más popular (y a Petro le gusta la demagogia). Pero un debate público tan importante como lo es el sostenimiento de las personas de la tercera edad, quienes han dado tanto por este país, no debe hacerse con medias verdades, mucho menos con posturas inconstitucionales como la expropiación del ahorro individual.
Jaime Dussán, no sigamos el mal ejemplo de Argentina. Su reforma no duraría medio siglo —como anuncia— y, en cambio, malversaría el esfuerzo de quienes han trabajado durante la vigencia de la Ley 100. Los recursos de la seguridad social solo deben servir para cumplir sus fines, pues así lo dispone el artículo 48 de nuestra Constitución Política. En lugar de pensar en el nostálgico tren complementario al canal de Panamá, resolvamos lo que vamos a hacer con las personas vinculadas a las plataformas de intermediación, por poner un ejemplo.
Poco después de la advertencia acerca de los malos gestos de nuestra cabeza de Estado con los magistrados de las Altas Cortes, la revista Semana fue testigo directo del camino del Gobierno hacia la tiranía. En entrevista del 28 de diciembre, el desautorizado presidente de Colpensiones anunció que planean «conversar con la rama de justicia colombiana (…) para que las decisiones que toman los jueces de la República tengan precisión, de manera que no requiramos tutelas». El hecho de que haya conversaciones entre los poderes públicos es propio de las democracias contemporáneas, pero que la participación de los jueces tenga la finalidad de limitar derechos fundamentales es inadmisible. La reducción de la litigiosidad debe provenir de cambios en la actuación de Colpensiones, no de improvisar con la estructura del Estado.