El moralismo animalista del proyecto de Código de Protección Animal

Opinión Por

Según Jiménez-Díaz (2018) (https://bit.ly/3hPc4nf) a juicio de Weber, el buen dirigente político se encuentra con dos opciones de ética, definida por el sociólogo alemán como el “conjunto moral de los modos de vida”, radicalmente enfrentadas y que este debería diferenciar: la ética de la convicción y la ética de la responsabilidad.

La ética de la convicción, o de las convicciones de conciencia, afirma Weber, es de orientación idealista, vinculadas a los ideales absolutos y creencias radicales, por las que el ser humano actúa plenamente convencido de la bondad, perfección de sus ideales, sin tener en cuenta las consecuencias de los mismos en sus acciones mundanas (Jiménez-Díaz, 2018).

Por otro lado, la ética de la responsabilidad, considera las consecuencias de las acciones humanas, dado que estas pueden ser parcialmente previsibles; esta es una ética mundana, lo que implica que hay que hacerse cargo de los problemas reales del mundo humano y de la irracionalidad moral del mismo (Jiménez-Díaz, 2018).

De estas dos éticas, Weber consideraba que la más recomendable para el ejercicio político era la ética de la responsabilidad, ya que se da en el marco de la acción del Estado y este tiene entre otras funciones, el uso de la violencia legítima como uno de los medios para lograr sus fines, por lo que se hace necesario asumir las consecuencias específicas de las acciones estatales  (Jiménez-Díaz, 2018).

Sin embargo, en algunas ocasiones, como también se lo planteaba Weber, el dirigente político cede ante la ética de sus convicciones y surge allí lo que de acuerdo con Villacañas (2013) (https://bit.ly/3yCMmsj) plantea Schmitt cuando habla de la Tiranía de los Valores: “siempre son los valores los que atizan la lucha y mantienen despierta la enemistad…quien dice que los valores valen sin que un hombre los haga valer, quiere engañar”, es decir, surge lo que se ha denominado la “superioridad moral” de los líderes políticos, que no es otra cosa que la lucha por imponer los principios que componen el conjunto moral de los modos de vida que comparten los miembros de un determinado sector político, o lo que es lo mismo; surge allí, la lucha de los líderes políticos para hacer valer las convicciones propias ante el resto de sectores políticos y sociales que hacen parte del Estado y de la sociedad civil.

Ahora, esa lucha que implica el “belicismo implícito” de los valores y la moral personal/colectiva de un sector social/político en un país como el nuestro, tan supersticioso, tan pasional y apasionado, no sólo se ve, entre otros aspectos, en la decisión del confesionalismo del actual Gobierno Nacional, sino que se aprecia en proyectos de ley tal como el que hace un par de semanas fue aprobado en primer debate en la Cámara de Representantes, de autoría del Representante Juan Carlos Losada, abiertamente animalista.

Y es que de acuerdo con el informe de ponencia para primer debate del proyecto de ley número 011 de 2020 Cámara “por medio de la cual se expide el Código Nacional de Protección y Bienestar Animal” acumulado con el proyecto de ley número 081 de 2020 Cámara “por medio del cual se incorporan las mutilaciones como forma de maltrato animal”, disponible en línea en la Gaceta 792 del 31 de agosto de 2020, la superioridad moral de los animalistas colombianos ha dado un paso más en su lucha por hacer valer sus valores y ha elevado a rango legal no solo su visión de mundo, sino que ha condenado a la ilegalidad a sendos sectores sociales y hace de actividades económicas, con las que miles de personas tienen el sustento de su vida digna, actividades moralmente inaceptables y espurias.

Con más de 100 páginas y 251 artículos, el proyecto de ley del Representante Losada, argumentando la participación de más de 2000 personas en varias audiencias previas en varias regiones del país, si bien avanza un poco en el tema de los derechos de los animales, un tema álgido pero necesario, hace retroceder décadas de trabajo en los sectores económicos pecuarios y pone un excesivo énfasis en los animales de compañía.

Cuando en el artículo 251, el proyecto de ley deroga la Ley 1659 de 2013, ley que establece el sistema nacional de identificación animal y trazabilidad animal en el país, que robustece y complementa las acciones de inocuidad sanitaria de los alimentos de origen animal, mientras que en el cuerpo del mismo ni siquiera habla del sistema que lo sustituye o que lo mejora, se evidencia claramente que la intención es debilitar la economía de la que aún viven muchas personas en el sector rural, ya que deja sin piso jurídico las acciones de salud pública que se han llevado a cabo y que permiten la exportación de alimentos de origen animal y el control de enfermedades animales, que repercuten en el bienestar y en el estatus sanitario animal nacional.

Así mismo, en el artículo 10 que trata de la crueldad contra los animales y que reforma y amplía el listado del artículo 5 de la Ley 84 de 1989 Estatuto Nacional de Protección de los animales, al eliminar de las excepciones a las acciones de crueldad definidas en el artículo 7 de la Ley 84 al rejoneo, coleo, corridas de toros, novilladas, corralejas, becerradas y tientas, así como riñas de gallos y los procedimientos utilizados en estos espectáculos, el animalismo impone su visión de mundo y deja sin espacios de dialogo social ni gremial a dichas actividades económicas, condenando de esta manera a amplios sectores de la sociedad  rural al desempleo, sin contemplar si quiera herramientas para su posible reconversión productiva.

De la misma manera cuando en el artículo 111 del proyecto de Ley se define que “los zoocriaderos además de tener en cuenta las disposiciones señaladas en este Código, deberán regirse por las disposiciones de la Ley 611 de 2000, y demás normas que la desarrollen, sustituyan o modifiquen”, se manifiesta un imperdonable contrasentido, ya que en el  artículo 251 del mismo proyecto se deroga completamente la Ley 611 de 2000, con lo que se evidencia o bien un tremendo descuido por parte del equipo del Representante, o bien una escandalosa ignorancia técnica por parte del mismo, que dejaría sin piso legal las actividades de zoocría de la que viven comunidades rurales en el país, o bien una decidida intención de implementar el abolicionismo de la actividad de zoocría, bajo la lógica del bienestar animal, sin que media dialogo alguno.

De la misma manera cuando en el artículo 170 del proyecto de ley se plantea la creación del llamado Sistema Nacional de Protección y Bienestar Animal, en el cual se excluye de manera decidida a los gremios de producción, al Instituto Colombiano Agropecuario-ICA, entidad encargada de velar por la sanidad animal y el estatus sanitario del país y al Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos-INVIMA, entidad encargada de la vigilancia de la salubridad  y la inocuidad de alimentos de origen animal, se demuestra nuevamente la ambición del animalismo de obligar al sector pecuario colombiano a observar y cumplir sus reglas, ajenas a las lógicas de la realidad de los sistemas de producción pecuaria nacional y contrarias incluso al ordenamiento legal vigente para la misma.

Adicional a lo anterior, hace falta debatir sobre otros temas que también trae el proyecto de ley, por ejemplo la ausencia de un enfoque espiritual a la actividad de sacrificio que tienen algunas comunidades religiosas ausente en los artículos 138, 139 y 140, además de proscribir el sacrificio de autoconsumo; la restricción a la autonomía de los Comités de Bioética conformados en distintas Universidades cuando en los artículos 141 al 157 genera un entramado burocrático de entidades, comités y registros que dificultaría la libertad de enseñanza y de cátedra al poner muchas más restricciones a las existentes a las investigaciones básicas y de innovación que se realizan en el sector pecuario; la imposición de cargas administrativas, burocráticas y financieras a los municipios cuando en el artículo 193 decide que en cada municipio exista un Centro de Protección y Bienestar Animal, el cual debe ser operado con recursos propios; la creación en el artículo 209 de un fondo parafiscal nuevo, llamado Fondo Nacional de Bienestar Animal a cargo del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, con contribuciones onerosas creadas en el artículo 213; temas que ojalá puedan ser corregidos en la siguiente ponencia para segundo debate ante la plenaria de la Cámara,

Uno de los elementos centrales de las democracias liberales, al menos las actuales, es la coexistencia pacífica entre las mayorías y las minorías y el fino equilibrio que deben tener las acciones de las primeras sobre las segundas, considerando el derecho igualitario que todos tienen en los Estados nacionales contemporáneos, ya que es posible que cuando las minorías accedan al poder estatal, se vean tentadas a emplear herramientas impositivas sobre las mayorías, en una suerte de revancha, con lo que daría al traste toda la tolerancia liberal, el multiculturalismo y el politeísmo ético del que es tan orgullosa la sociedad europea y europeizada contemporánea.

Ojalá el representante Losada entienda que a pesar de las precariedades, la sociedad colombiana es una democracia liberal, y no replique el actuar de sectores decimonónicos que imponen sus éticas, sus valores y sus principios sin mediar consecuencias, ni dar espacio al dialogo ni el reconocimiento del otro.

Es cierto que se necesita actualizar el Estatuto Nacional de Protección Animal, pero sin emplear el moralismo, ni hacer gala de superioridad moral alguna.

Zootecnista Universidad Nacional de Colombia, Candidato a Magíster en Producción Animal de la Universidad Nacional. Coordinador Nacional para asuntos de Paz de la Organización Nacional de Juventudes Liberales 2014-2018.