Histórica despenalización del aborto en Colombia: El inicio de un largo camino

Análisis Por

El debate sobre el aborto en Colombia ha sido intenso esta semana, después del fallo de la Corte Constitucional sobre una acción presentada donde se pedía retirarlo del Código Penal al considerarlo discriminatorio con las mujeres en materia de derechos sexuales y reproductivos, finalmente la decisión permite la interrupción voluntaria del embarazo – IVE hasta las 24 semanas de gestación. Sea que se esté a favor o en contra, la decisión es histórica

Las cifras ya mostraban dos lados preocupantes de este gran debate, el Guttmacher Institute publicó un estudio que daba cuenta de los abortos totales en el país, más allá de los registrados, concentrándose en el año 2008, anotando que no existía un estudio similar desde 1998.

Según el estudio los abortos registrados sólo corresponden al 0.08% del total, y sólo para 2008 ya eran más de 400 mil, lo que genera graves daños a la salud de las mujeres que lo practican de manera clandestina, y concentrado en los estratos más bajos y en la ruralidad.

La Mesa por la Vida y la Salud de las Mujeres, publicó su propio estudio concentrándose en la judicialización de las mujeres por este delito, y mostrando una tendencia al alza cada año desde 2006, siendo el 97% de las mujeres denunciadas de zonas rurales, además, de una concentración en las denuncias en mujeres menores de edad.

¿Qué dijo la Corte?

La despenalización de la Corte se refiere a que una mujer puede abortar, en cualquier caso, hasta las 24 semanas de gestación, y en los tres casos ya despenalizados desde 2006, violencia sexual, riesgo para la salud de la madre o malformación del feto, después de ese tiempo.

Además, la Corte insta al Gobierno y al Congreso, para que se trabaje en la eliminación de las barreras para hacer efectivos estos derechos que reconoce en el fallo, en relación a los abortos que cumplen con dichas condiciones.

Es decir, la Corte no dice que el aborto debe realizarse hasta que se cumplan las 24 semanas, sino dentro de esas 24 semanas.

La decisión fue sumamente dividida, se requirió de un Conjuez para desempatar la votación, que adicionalmente tuvo como protagonistas a las magistradas de la Corte Constitucional, de las cuales solo Diana Fajardo votó a favor de la decisión final, la votación fue así:

Por el no: Jorge Enrique Ibáñez, Paola Meneses, Gloria Ortiz, y Cristina Pardo.

Por el si: Diana Fajardo, Antonio José Lizarazo, Alberto Rojas, José F. Reyes, y el Conjuez, Julio Andrés Ossa.

El principio de un largo camino

Aunque las accionantes no lograron su cometido de retirar completamente el delito de aborto en el Código Penal, el actual Gobierno (que va de salida) no parece tener ninguna intención de crear las condiciones institucionales para que se cumpla la sentencia, el mismo presidente Iván Duque dijo: “Yo soy una persona Provida, y yo creo que cómo lo determinó la Corte hace mucho tiempo la vida comienza desde la concepción…. Y cinco personas no pueden plantearle a una nación algo tan atroz”. Adicionalmente, el mandatario dijo que esto era cosa juzgada pues la Corte ya lo había abordado en 2006 y cree que este tema no debe convertirse en un método anticonceptivo.

Cabe señalar, que un método anticonceptivo, se refiere a los señalados para prevenir el embarazo, no para interrumpirlo.

Desde el Congreso también hubo voces a favor y en contra, pero si en algo están de acuerdo todos los estudios realizados hasta ahora, es que al igual que en otros casos donde se reconoce el derecho de los ciudadanos colombianos a, por ejemplo, minorías étnicas, o comunidad LGTBIQ+ el Congreso de Colombia no ha legislado abiertamente en muchos de los temas en los que sí ha avanzado o al menos abordado la Corte Constitucional.

Al final, quedará en el nuevo Gobierno crear las condiciones para eliminar las barreras para el aborto bajo las condiciones determinadas por la Corte, en un sistema de salud donde hace falta más comprensión sobre estos fallos, y una gran desigualdad en el acceso al IVE entre las mujeres de mayores y menores ingresos.