«PROTECCIÓN DEL ATRATO UNA REVOLUCIÓN CONSTITUCIONAL»: FELIPE CLAVIJO

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La defensa de los ríos han llevado al constitucionalista Felipe Clavijo a ser un abogado que ciertamente nada en aguas profundas para defenderlas, causando toda una revolución expresa en el histórico fallo de la Corte Constitucional que declara al Río Atrato «Sujeto de derechos». Clavijo es un experto abogado que aplica la filosofía como un estilo de vida. Desde su último reto en el caso del Atrato, habló así para OlaPolítica.com:

Es necesario entender al Atrato y mirar los otros ríos de Colombia.

OP. ¿Cómo resulta ser el Río Atrato un sujeto de derechos?

FC. Las comunidades de la cuenca del río presentaron una denuncia de la afectación que por causa de la contaminación estaban viviendo. Ante un riesgo inminente causado por la minería acudieron a una acción de tutela que tuvo un desarrollo favorable a la comunidad.

OP. ¿Ese caso ya se había presentado antes en Colombia?

FC. La comunidad lo había intentado, pero bajo el mecanismo de acción colectiva sin obtener respuesta a su caso. Luego a través de la organización Tierra Digna se interpuso el caso ante el Tribunal Administrativo de Cundinamarca. El proceso de la tutela avanzó en segunda instancia hasta el Consejo de Estado el cual afirmó que la acción colectiva era correcta.  Esta acción después de haber sido negada en dos instancias,  llegó a la Corte Constitucional donde se asignó al Magistrado Jorge Iván Palacio quien depositó ese estudio en mí y ahí iniciamos la inspección judicial que nos llevó a corroborar lo advertido por la gente de la región.

OP. ¿Tiene Ud. como abogado una sensibilidad especial con los temas ambientales?

FC. Si. Siempre he estado comprometido como abogado con los derechos individuales y con las causas ambientales y derechos de minorías afrocolombianas, entre otras.

OP. ¿Cree que en Colombia hay una ola de defensa del medio ambiente?

FC. Sí pero esto va mucho mas allá de una ola. Es una decisión politico-jurídica que favorece los temas ambientales. Se trata de controvertir la riqueza minero energética y los recursos no renovables.Eso es muy necesario porque las comunidades hay que protegerlas al igual que a sus regalías y aún más,  hay que proteger a fondo el medio ambiente.

OP. ¿Es necesario que la gente se manifieste para defender el medio ambiente?

FC. Sí es muy ecesario. Lo es porque desde ya hay que pensar cómo quedarán nuestros recursos después de que se acaben.  Debemos reflexionar en qué país vamos a habitar si acabamos con lo que tenemos y si no es mejor que pensemos en un modelo de desarrollo diferente al que le estamos apostando con la explotación minera y de hidrocarburos.

OP. ¿Cuál es el principal efecto que tiene la determinación de ser un río «sujeto de derechos»?

FC. Son varios aspectos. Uno es la perspectiva ecocéntrica de que el hombre es parte de la naturaleza y miembro de la comunidad viviente, no es el dueño del medio ambiente ni de los recursos. También existen los derechos bioambientales que amparan los recursos de la naturaleza y de los derechos humanos en una relación interdependiente entre hombre y naturaleza. Es una nueva categoría jurídica que defiende de forma más efectiva los derechos de las comunidades y los derechos de la protección del medio ambiente. Porque se interdependen. Buenos recursos, buena agua, buena calidad de vida.
También, revisamos el caso de Nueva Zelanda donde  las comunidades maories protegieron por mas de cien años su río y acordaron con el estado proteger los derechos de este como entidad natural.

OP. ¿Piensa que esta determinación sobre el Atrato marca un hito?

FC. Si. Es en realidad toda una revolución constitucional porque incluye el reconocimiento  del agua como derecho fundamental y se le está dando un direccionamiento a los derechos de la naturaleza pues se reconoce que aunque desde el derecho romano se pensó que había restricciones para  proteger bienes, patrimonios, servidumbres e inmuebles porque eso requiere de una personería juridica, hoy tenemos nuevas herramientas jurídicas que permiten que se hagan respetar elementos de la naturaleza que tiene vida y que están relacionadas con la supervivencia de los seres humanos y del mismo planeta. En adelante, se trata de que un río sea por determinación sujeto de derechos y ello implica que este río cada vez más va a tener mayor protección del estado y de las comunidades que lo habitan.

OP. ¿Qué más han pensado hacer para proteger este río?

FC. Se ha establecido una comisión de expertos o guardianes que se encarguen de velar por la proteccion del río.

OP. ¿Esto ha ocurrido antes en Colombia o en el continente?

FC. Tan solo en Nueva Zelanda y en India para proteger el Río Ganges. Pero en verdad es una novedad jurídica que derriba los límites de la interpretación formal del derecho que incluye otras disciplinas como la antropología, la filosofía, la biología, para lograr la protección posible de estos sujetos de derecho.

No es tan bueno ver al Magdalena como autopista de navegación.

OP. ¿Cuántas comunidades resultarán favorecidas con este fallo?

FC. Este fallo tiene un efecto denominado intercomunis. Lo cual quiere decir que todas las comunidades que se consideren afectadas pueden acudir a la acción de tutela para ser protegidas por el fallo y un grupo de organizaciones y entidades nacionales deberá estar al frente de la protección del río para restaurarlo y rescatarlo.

OP. ¿Qué hacer con otros ríos como el Bogotá y el Magadalena?

FC. Los efectos juridicos del Atrato son concretos y su ámbito de aplicación son en el Atrato. Pero este es un punto de partida para la implementación de otros casos de estudios donde las comunidades estén afectadas en su salud por contaminación de sus aguas. El proceso del Atrato sobrepasa los límites de la implementación formal en el derecho. Ríos como Magdalena, Bogotá podrán basarse en este caso para ser estudiados y su futuro en materia de protección no dependerá de un fallo constitucional y para ello están las autoridades para que hagan cumplir el modelo creado por el caso del río Atrato.

OP. ¿En el caso del río Bogotá que pasará?

FC. Este ya está protegido por una sentencia del Tribunal Superior de Bogotá. La labor ahora es organizar la vigilancia del cumplimiento de ese fallo de la Corte. Es necesario entender bien el caso del Atrato para entender la situación de otros ríos en Colombia.

OP. ¿Qué decir en el caso del río Magdalena en esa misma materia?

FC. Es preocupante aún cuando ya se conoce que hay un plan multimillonario para el dragado del río para hacerlo navegable en su totalidad. No hay que ver a este río tan solo como una autopista de navegación  sino como una entidad que hay que proteger. Hay que realizar proyectos con respeto del medio ambiente.

OP. ¿Cómo vincular a los jóvenes de hoy a estos llamados de protección de la naturaleza?

FC. Es una alegría saber que son los jóvenes los más preocupados por el futuro ambiental. Hay casos ejemplares como el del río Pita al cual se han unido no sólo los académicos sino tambien las comunidades de jóvenes y autoridades locales donde se ha entendido que se trata de un tema cultural, toda vez que hay una dependencia vital de las aguas.  Hay una oportunidad en el país para repensar los modelos extractivos pensando en la defensa del desarrollo con respeto al medio ambiente.

Conozca aquí la sentencia T-622 de 2016.